Para que podáis consultar las novedades en las flexibilizaciones de las restricciones también respecto del deporte federado, os adjuntamos el enlace del BOE.

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- Para los deportistas federados se permite realizar los entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las franjas horarias siguen siendo las mismas (entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas), pudiendo entrenarse dos veces al día.

- Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán ahora modificar los horarios del deporte federado y no federado, pudiendo acordar que las franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas.

Esta modificación entra en vigor a partir del próximo lunes 18 de mayo, para todos los territorios desde la Fase 0.


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